NP 49 019 16

    91.000 ₲ 91.000 ₲ 91000.0 PYG

    91.000 ₲

    Opción no disponible

    Esta combinación no existe.

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    OBJETO

    Esta Norma especifica los parámetros básicos y los requisitos mínimos para sistemas de aire acondicionado, verificando la obtención de calidad aceptable de aire interior para mayor confort. Define:
    - caudales mínimos de aire exterior para ventilación;
    - niveles mínimos de filtrado de aire;
    - requisitos técnicos de los sistemas y componentes relativos a la calidad de aire interior.

    Esta Norma se aplica a:
    - sistemas centrales de cualquier capacidad;
    - sistemas unitarios, constituidos por uno o más acondicionadores autónomos cuya capacidad nominal sumada es igual o superior a 10 kW, instalados en el mismo edificio o en una fracción autónoma del edificio.

    NOTA

    Otros factores que pueden afectar la percepción subjetiva de la calidad de aire interior, como el nivel de ruido, la iluminación, los factores psicológicos y ergonométricos, no son objeto de esta Norma.

    Esta Norma se aplica a instalaciones de aire acondicionado en general, excepto a aquellas que se rigen por normas específicas (salas limpias, laboratorios, centros quirúrgicos, procesos industriales y otros).
    Esta Norma se aplica a los sistemas nuevos o a reformas de sistemas existentes. No tiene efecto retroactivo.
    Esta Norma no restringe el uso de otras tecnologías comprobadamente eficientes y seguras, que garanticen la calidad de aire interior.

    INDICE

    1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
    2. REFERENCIAS NORMATIVAS
    3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES
    4. REQUISITOS GENERALES
    5. VENTILACIÓN
    6. FILTRADO
    7. REQUISITOS DE PROYECTO Y EJECUCIÓN RELATIVOS A LA CALIDAD DE AIRE
    8. REQUISITOS DE MANTENIMIENTO RELATIVOS A LA CALIDAD DE AIRE
    ANEXO A
    ANEXO B
    ANEXO C