NP 39 002 01

    58.000 ₲ 58.000 ₲ 58000.0 PYG

    58.000 ₲

    Opción no disponible

    Esta combinación no existe.

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    OBJETO

    Establecer los requisitos técnicos a ser observados en las características constructivas de las carrocerías de los buses urbanos, de manera a garantizar las condiciones mínimas de seguridad y confortabilidad para los pasajeros, tripulantes y terceros.
    A los efectos de la presente Norma se entiende por bus urbano aquél que puede ser utilizado en las líneas en las que está permitido el transporte de pasajeros de pie.
    Clasificar los buses urbanos conforme a las resoluciones MERCOSUR Nº 35/94 y 19/02 en:
    - Livianos: Son aquéllos clasificados en la categoría M3 con PBT mayor a cinco y menor a diez (> 5 y <10) toneladas.
    - Medianos: Son aquéllos clasificados en la categoría M3 con PBT desde diez y menor a catorce (≥10 y <14) toneladas.
    NOTA
    La reglamentación MERCOSUR incluye también vehículos pesados.
    1.4 A los efectos de esta Norma queda definido como:
    - Minibús: el correspondiente a la categoría livianos; y minibús - Ómnibus: el correspondiente a la categoría medianos.

    INDICE

    1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
    2. REFERENCIAS NORMATIVAS
    3. CARACTERÍSTICAS DE LA CARROCERÍA
    4. MODIFICACIÓN DEL CHASIS
    5. ESCALERAS Y ESCALONES
    6. VENTILACIÓN INTERNA
    7. PUERTAS DE SERVICIO
    8. SALIDAS DE EMERGENCIA
    9. ASIENTO DEL PASAJERO
    10. ASIENTO DEL CONDUCTOR
    11. ÁREA PARA PASAJEROS DE PIE
    12. VENTANAS
    13. TIMBRE POR BOTÓN Y CORDÓN
    14. ENCAUZADORES, PASAMANOS Y COLUMNAS
    15. APOYOS PARA EMBARQUE / DESEMBARQUE
    16. ILUMINACIÓN INTERNA
    17. MOLINETE (CUENTA PASAJEROS)
    18. CAJA DE ITINERARIO
    19. BANDAS REFLECTIVAS