NP 128

    64.000 ₲ 64.000 ₲ 64000.0 PYG

    64.000 ₲

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    OBJETO

    Esta Norma establece las condiciones generales para realizar la inspección periódica de generadores de vapor instalados que se encuentren o no en servicio para las calderas de vapor y de agua caliente en el mismo estado, fijas o transportables cuya presión máxima de trabajo exceda 1 kfg/cm2.
    Esta Norma no considera las calderas locomotoras y las calderas marinas que trabajan como tales, salvo que están instaladas en forma fija.
    Esta Norma no contempla los requisitos de ubicación de los generadores de vapor y calderas ni la disposición de los mismos dentro del ambiente de instalación.

    INDICE

    1. OBJETO
    2. DEFINICIONES
    3. CONDICIONES GENERALES